Qué hacer con un cheque sin fondos

Un cheque es un documento pagadero mediante el cual se emite una orden de pago a una entidad bancaria. Sencillamente una persona entrega un documento a otra con el fin de que un banco pague la cantidad designada cuando el portador lo requiera. Dicha orden de pago debe llevarse a cabo automáticamente, sin necesidad de autorización posterior del titular de la cuenta. Sin embargo, para ordenar el pago, el banco comprueba previamente que el emisor cuente efectivamente con fondos para realizarlo.

Puede darse, por tanto, el caso de que se trate de un cheque sin fondos y no podamos cobrar la deuda. En estos casos no solo se nos negará el pago sino que tendremos que hacer frente a una serie de gastos de tramitación.

En función de la confianza que tengamos en el emisor del cheque podríamos tratar de contactar con el emisor del cheque para comprobar que no haya sido un error. Sin embargo, podríamos volver a incurrir en unos gastos que, con total seguridad, preferiríamos no tener que soportar, sobre todo si somos un particular o una pequeña empresa.

¿Cómo reclamar su importe?

Existe un procedimiento especial, algo más rápido, para el cobro de este tipo de documentos. Estamos hablando del llamado Juicio Cambiario.

En primer lugar, con vistas al procedimiento que pretendemos iniciar, deberemos acreditar que dicho cheque ha resultado impagado por la falta de fondos. Este trámite puede realizarse ante notario, o si lo preferimos ante la propia entidad, que escribirá las incidencias en el propio cheque.

Para interponer la correspondiente demanda judicial tendremos que ir acompañados de abogado y procurador, ya que en estos procedimientos es preceptiva su asistencia. Será también imprescindible la aportación del cheque original.

Una vez interpuesta, el emisor del cheque cuenta con un plazo de 10 días para oponerse a la misma. Sin embargo, los motivos de oposición son muy escasos y de no realizar dicha oposición fundamentada se condenará a pagar no solo por la cantidad reclamada, sino también por intereses de demora, gastos derivados del impago y costas del procedimiento.

La oposición que puede realizar el demandado consiste en tratar de argumentar que no se debe pagar la cantidad reclamada, siendo las causas posibles bastante reducidas. Pese a ello es posible, y de darse el caso, el procedimiento se transformaría en un Juicio Verbal, retrasando algo más la posible sentencia estimatoria y, por tanto, el pago. Para evitar esta posible oposición lo ideal es que se disponga de algún tipo de documento acreditativo del contrato o acuerdo que originó el pago mediante cheque.