Muchos propietarios de negocios se plantean la opción de instalar sistemas de seguridad que incluyan cámaras de videovigilancia, básicamente por dos cuestiones: una de ellas es mantener seguro y protegido el entorno de trabajo y la otra es la supervisión de la actividad de sus trabajadores para corroborar que cumplen todos los protocolos. De hecho, es legal instalar cámaras de seguridad en el entorno laboral, ya que este derecho se encuentra amparado por la legislación laboral como por la normativa de protección de datos:

  • Artículo 20.3 del Estatuto de los trabajadores → “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales.”
  • Artículo 22 de la Ley Orgánica de Protección de Datos → “las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de sistemas de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de sus instalaciones.”

Condiciones para poder aplicar este derecho

Lo primero que prevalece ante el derecho a instalar cámaras de videovigilancia en el entorno de trabajo son los derechos fundamentales de los trabajadores, tales como los derechos a la propia imagen y a la protección de datos. Por este motivo, no pueden colocarse esta clase de dispositivos en espacios públicos, prohibiendo su instalación en vestuarios, aseos o las áreas habilitadas para el descanso de los empleados.

Para su instalación se ha de tener muy en cuenta el principio de proporcionalidad. Es decir, el tratamiento de los datos siempre ha de ser justificado y limitado persiguiendo el objetivo por el que se ha realizado su instalación.

Asimismo, la normativa comunica que las imágenes grabadas se pueden conservar tan sólo durante un periodo de tiempo de 30 días. Salvo que se encuentre algún delito en ellas, en cuyo caso se debe transmitir a los cuerpos de la autoridad y entregar los archivos en un plazo máximo de 72 horas.

Además, el propietario del negocio está obligado a informar a sus empleados sobre la instalación de las cámaras de seguridad. No es que requiera de un consentimiento previo para su instalación, pero es necesario informarles sobre este hecho y qué tipo de datos se van a recoger.

Tipos de cámaras de videovigilancia

Lo común es que para la instalación de este tipo de dispositivos contratemos un sistema de alarmas que incluya este servicio, para así garantizar la seguridad del espacio de trabajo y de los empleados.

¿Por qué? Porque si las cámaras de videovigilancia están conectadas a la alarma, los profesionales en seguridad pueden analizar los archivos y saber exactamente qué ocurre en el negocio cuando se produce un salto de la alarma.

Los tipos de cámaras de videovigilancia más comunes son los siguientes:

  • Cámaras IP: son las más eficientes porque están conectadas al wifi de la empresa permitiendo al propietario ver en tiempo real qué ocurre en el espacio protegido mediante su teléfono móvil.
  • CCTV: también conocido como circuito cerrado de televisión, su precio es superior ya que utiliza una tecnología más elevada, utilizando avanzados métodos de grabación y seguridad.
  • Cámaras con infrarrojos: son las idóneas para poder filmar imágenes en la oscuridad, ya que además pueden detectar presencias en la oscuridad mediante el calor que irradia.
  • Cámaras ocultas: cámaras que podemos colocar de forma discreta en cualquier parte.

¿Qué compañía es la mejor para este servicio?

A la hora de contratar este tipo de servicios de sistemas de seguridad los precios variarán según cuáles sean las necesidades y por tanto los sistemas y servicios que se escojan.

Una de las compañías más demandadas es Movistar Prosegur Alarmas, ya que ofrece multitud de soluciones para garantizar al máximo la protección de tu empresa y otros servicios que complementan al sistema de seguridad.

Para poder barajar los diferentes servicios y tarifas que ofrecen, lo primero que debes hacer es solicitar un presupuesto para adquirir el servicio que mejor se ajuste a tus necesidades. Cuando ya tengas esta información, la propia compañía se comunicará contigo para explicarte cuál es la mejor oferta para ti. Y, además, se encargará de realizar una visita técnica a las instalaciones de tu negocio para determinar exactamente cuáles son tus prioridades y así poder establecer el precio definitivo del sistema de seguridad.

En caso de que estés de acuerdo ante lo que te ofrecen, se fijará una fecha para llevar a cabo la instalación del sistema de seguridad.