Hoy vamos hablar de los planes de pensiones una de las peculiaridades de este año sobre las ventajas de los planes de pensiones es que se reduce la cantidad límite que se puede aportar, pasando de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.

También han cambiado el tratamiento de las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando éste perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas inferiores a 8.000 euros. En este caso, la deducción comienza a ser efectiva a partir de los 2.500 euros aportados, y no 2.000 como antes.

 

Aquí tiene que tener en cuenta que estos máximos se refieren al total de las aportaciones desembolsadas en los productos de ahorro-previsión que pueda tener cada uno y que estén afectados por esta norma. Así, si usted tiene más de un plan de pensiones o, por ejemplo, tiene uno individual y otro de empresa, deberá sumar todo el dinero dispuesto para no sobrepasar los mencionados límites

Los planes de pensiones tienen un claro objetivo, constituir un ahorro para la jubilación que complemente la pensión del Estado. Consciente de que es necesario incentivar el ahorro a largo plazo, el Gobierno establece una fiscalidad ventajosa para los planes de pensiones frente a otros productos, de forma que incentiva este tipo de inversión. Estos beneficios se fundamentan en dos elementos: deducciones por las aportaciones realizadas y exención de tributar por los beneficios hasta su rescate. Otra cuestión es que estos beneficios se queden en aguas de borrajas llegado el momento de recuperar el dinero. Esto va a depender de la forma de recuperación del dinero. Y el beneficio depende de la demora en el tiempo a la hora de la recuperación, el impuesto lo tendremos que pagar, pero en función de cómo recuperemos ese dinero pagare más o menos y demorare el pago de ese impuesto en el tiempo. Por ejemplo si yo empiezo a realizar aportaciones a los 35 años y empiezo a deducirme en mi declaración en ese momento estoy dejando de adelantar dinero a la agencia tributaria hasta los 67 y si encima lo recupero en forma mixta o renta y la esperanza de vida es de 83,30 fijaros lo que puedo demorar para el pago del impuesto eso, a mi entender supone una ganancia interesante.

A modo de ejemplo hemos hechos algunas simulaciones para ver el ahorro del que nos podemos beneficiar en función de los rendimientos que tenemos y las aportaciones realizadas, el ahorro efectivo, en ningún caso será el importe que nos van a devolver en la declaración.

 

MADRID MADRID MADRID
APORTACIÓN
SIN 
CON 
SIN 
CON 
SIN 
CON 
RENDIMIENTOS DE TRABAJO 30.000,00 30.000,00 30.000,00 30.000,00 25.000,00 25.000,00
APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES 8.000,00 4.000,00 8.000,00
AHORRO EFECTIVO 2.200,85 1.132,00 1.042,21
MADRID MADRID MADRID
 APORTACIÓN
SIN 
CON 
SIN 
CON 
SIN 
CON 
RENDIMIENTOS DE TRABAJO 25.000,00 25.000,00 20.000,00 20.000,00 20.000,00 20.000,00
APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES 4.000,00 8.000,00 4.000,00
AHORRO EFECTIVO 1.042,21 1.247,35 928,00

Quedaría pendiente tratar la fiscalidad en la recuperación del plan de pensiones que lo pospondremos al artículo de la semana que viene

¿Te hemos aclarado tus dudas? Si no es así, sólo tienes que preguntar. Y como siempre en caso de dudad recomendamos que se pongan en manos de un experto en la materia.

Y recuerda que si te ha parecido interesante, estaremos encantados de que nos ayudes a difundirlo en redes sociales!

Miguel Ángel Ortiz 

Responsable financiero y contable

Laboratorio Jurídico